JurídicoESEN
Order (Auto)July 21, 2022

A- de 2022

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice Antonio José Lizarazo Ocampo

✓Claimant Coomeva Eps Sa·Respondent La Nacion Ministerio De Salud Y Proteccion Social Fiduciarias Que Integran El Consorcio Sayp 2001 Union Tempo Sociedades Que Componen La Union Temporal Nuevo Fosyga

✓
Topic · hard data
Conflicto De Competencia Al Interior De La Misma Jurisdicción-Inexistencia Del Conflicto Entre Jurisdicciones.
01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

Inexistencia De Conflicto De Competencia Entre Jurisdicciones
  • Corte Constitucional carece de competencia para dirimir conflicto
1 topic · 1 subtopic · source: case-law reporter's topic index
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

Conflicto de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado Segundo Laboral del Circuito de Bogotá y la Superintendencia Nacional de Salud.

Dicho conflicto se originó respecto a la competencia para conocer la demanda laboral presentada por COOMEVA EPS S.A. en contra de la Nación –Ministerio de Salud y Protección Social–; el consorcio SAYP 2011 y las fiduciarias que lo integran, con el fin de que se declarara a los demandados, mediante sentencia, responsables del no pago de los recobros por actividades, intervenciones, procedimientos, suministros, medicamentos, y demás prestaciones no incluidos dentro de las coberturas del Plan Obligatorio de Salud (POS) suministrados por la EPS.

La Sala Plena advierte que carece de competencia para resolver la controversia sub examine.

Esto, porque la Superintendencia Nacional de Salud desplaza a los jueces laborales cuando ejerce funciones jurisdiccionales y, para efectos del recurso contra sus providencias y el trámite de definición de competencia, dicha entidad se asimila funcional y no orgánicamente a un juzgado de la jurisdicción ordinaria, en su especialidad laboral.

En esa medida el Tribunal Superior de Distrito Judicial de Bogotá, Sala Laboral es la autoridad que funge como segunda instancia en estas materias, por ser el superior jerárquico del juez desplazado y obrar como superior funcional común de las dos autoridades (Superintendencia Nacional de Salud y el Juzgado Segundo Laboral del Circuito de Bogotá).

En consecuencia, la Sala Plena se declarará inhibida para decidir el presente asunto y ordenará el envío del expediente a la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá para que (i) resuelva el conflicto de competencia y comunique la presente decisión a los interesados.

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
·

Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

  1. PRIMERO. Declararse INHIBIDA para pronunciarse sobre el asunto de la referencia debido a la falta de competencia, de conformidad con los argumentos esbozados en la parte motiva de esta providencia.
  2. SEGUNDO. REMITIR el expediente CJU-1025 a la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá para que proceda con lo de su competencia y comunique la presente decisión al demandante y a los demás interesados.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

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It cites no recorded decisions.
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